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martes, 15 de marzo de 2011

Turismo ¿aventura?

Estimados lectores,
Hoy con más calma y tranquilidad puedo narrar un hecho que aconteció el lunes 7 de marzo del presente año.
Se encontraban de visita unos grande amigos brasileros, que habían llegado a Lima, exclusivamente a pasar un tiempo con la familia. Como el viajar y conocer no consiste en quedarse en casa mirando cuatro paredes, mi esposo y yo decidimos pasearlos por nuestro litoral y mostrarles el Océano Pacífico... pues bien fue así que llegamos a la Plaza Grau en el Callao. Detuvimos el vehículo y bajamos unos instantes para conocer el monumento a nuestro extraordinario héroe.
El nido del buitre por dentro
Cuenten los carros y saquen cuentas
Así pues, mientras yo les contaba cómo es que nuestro insigne caballero se inmortalizó, y ellos escuchaban gratamente sorprendidos la heróica historia, llegó la "rapaz"grúa municipal que sin más, ni más y mientras estábamos distraídos enganchó la camioneta y voló presurosa al nido dónde los pichones (funcionarios y policías) esperaban ansiosos para recibir su parte del suculento botín.
Turistas con espíritu aventurero
Una mal momento que tomaron
con buen humor. No sin antes
advertir que esto es una mina de oro.

  
Cuando nos dimos cuenta, tuvimos que suspender el turístico paseo, y empezar a correr hacia la avenida, donde tomaríamos un taxi que emprendería la persecución. Según nos informaron los cuidadores de autos, debíamos llegar antes de que el carro ingresase al depósito... ya que sólo de ser así podríamos "arreglar" la situación. Lamentablemente, nuestro taxista habló mucho durante el camino, pero no manejó al mismo ritmo en que movía la lengua, fue así que cuando llegamos ya nuestro carro estaba dentro del nido.

No había mucho que hacer salvo rescatarlo antes de que se convirtiera en carroña para los buitres y es que aunque hacen un "Acta de Internamiento" en papel reciclado (son ambientalistas), nada garantiza que con el correr de los días vayan desapareciendo una que otra pieza. Así pues, para no correr riesgos... se pagó la suma de S/.139.10 por concepto de servicio de grúa y S/.20.90 (todo para redondear) por depósito.... la hora/espacio más cara de Lima, Callao y balnearios... pues el auto estuvo allí sólo 30 minutos....
En fin, estas cosas sólo pasan en el Perú. Sin embargo y, como no somos de los que se quedan con las manos cruzadas, investigando un poco más descubrimos que este lugar es otro negocio de la familia del "ilustre" ex alcalde el Sr. Alex Kouri...
Acá algunos links relacionados con el tema:
PROPIETARIA DEL DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS DEL CALLAO (DMV)
MIGUELON
Sin contar que si uno hace una búsqueda en el Sease con el ruc 20111149462 encontrará que durante varios años no tiene adjudicaciones....¿entonces?




1 comentario:

  1. La Ordenanza Municipal Nº 000005 de la Municipalidad Provincial del Callao, publicada el 08ABR2005, establece las tasas que deben pagar los intervenidos como "derechos" de guardianía y de remolque:
    Para una camioneta de hasta 1500 Kg de peso:
    - Derecho de guardianía = 0.5% UIT = S/. 18.00
    - Derecho de remolque = 3.3% UIT = S/. 118.80
    Si en estos casos están cobrando S/. 20.90 y S/. 139.10 ¿a dónde se va la diferencia?

    Ahora bien ¿por qué cobran guardianía si el vehículo se retiró el mismo día (a los 30 minutos)? El segundo párrafo del Art. 3 del Decreto de Alcaldía Nº 000014 publicado el 22ABR2004 señala que "si transcurrido el término de un día computado desde la fecha del levantamiento de la papeleta de infracción, el conductor o propietario del vehículo no procede al retiro del mismo; quedará obligado al pago del servicio diario de guardianía"; entonces, no habiendo transcurrido un día, las víctimas (intervenidos) no están obligadas al pago de guardianía ¿quién está controlando esto???

    Por otro lado, no queda clara el mecanismo legal mediante el cual una empresa privada se encarga de realizar el traslado del vehículo y lo interna en una cochera también privada. En la documentación que ahí nos entregan a las víctimas no figura la Resolución Municipal mediante la cual la Municipalidad empodera a la empresa SERVICIOS INDUSTRIALES LABARTHE SA (RUC 20111149462) a realizar esta función. Ninguno de los documentos contiene firma y sello de alguna autoridad municipal.

    Asimismo, el "Acta de Internamiento" no es numerada y en las firmas no se identifica el nombre del administrador o persona responsable autorizada a realizar el acto sancionador de remoción del vehículo e imposición de pagos por remolque y guardianía que además están sobrevalorados e indebidos.

    Es hora de que los ciudadanos realicemos nuestra labor fiscalizadora. Las autoridades tienen el poder de sancionar porque nosotros les damos ese poder ¡¡¡y deben usarlo con responsabilidad y no aprovecharse de él!!!

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